LA DIVISIÓN DE LOS BIENES
TRAS EL DIVORCIO
El Divorcio supone la
extinción del vínculo contractual que liga a las dos personas que han estado casadas, normalmente, puede decirse que es el
final de su vida marital, y, en consecuencia, pone punto y
final a la unificación de sus bienes.
Por tanto, toda la
masa de propiedades que ha sido adquirida con carácter previo y durante el Matrimonio, deberá
liquidarse y adjudicarse a cada uno de los esposos en función de las normas que lo regulan en el
Ordenamiento Jurídico Español, que es el Código Civil.
Hay ciertos
bienes individuales, que podrían verse afectados por un
eventual estatuto especial, como podrían ser los pactados en
Acuerdos Prematrimoniales o en
Capítulos Matrimoniales de los diversos territorios sujetos a
Derecho Foral Español.
Así, si por ejemplo, el marido tuviese
inmuebles o fincas rústicas con carácter previo al Matrimonio, es claro y evidente que la
extinción por Divorcio, no afectará en nada a la Propiedad de dichas Fincas.
El caso más normal es el que
ambos cónyuges tengan un piso, y, si llegado el momento del Divorcio, se ponen de acuerdo, y lo dividen entre ambos miembros de la pareja al 50%, es evidente que no habrá
ningún tipo de problemas.
Como todos sabemos, la
situación más compleja se planteará cuando hay hijos, puesto que el piso, será atribuido a éstos, por ser el interés que prioritariamente, estará necesitado de una
mayor tutela, ya que en nuestro Ordenamiento Jurídico, prima el
Principio del Favor Filii, siendo una norma, incluso recogida, en nuestro Texto Constitucional.
Por tanto, el bien más importante a considerar en este proceso, es el
propio hogar conyugal, tanto si éste fuera titularidad de uno de los esposos, o si fuera un bien conjunto, la
primera prioridad es dar a los hijos un hogar.
La solución ideal sería
facilitar a tus hijos un nuevo hogar si hubiese fondos suficientes disponibles, el problema es, que si no los hay, la prioridad será dar a los niños un
amparo y un refugio, y que muy frecuentemente será con la madre.
Con lo cual, la
liquidación del piso, se pospondrá bastantes años, no solamente, hasta que el niño alcance la mayoría de edad, sino dado que los jóvenes suelen posponer actualmente su educación con
estudios universitarios, hasta que éste se integre en el
mundo laboral.
No obstante, hay que señalar, la
tendencia más reciente de los Tribunales, señalada en determinadas
Sentencias muy novedosas, es tratar de
armonizar los intereses de las partes en litigio, y de esta manera
acortar sustancialmente estos plazos a favor de los padres.
Sin embargo, las parejas que soliciten el Divorcio, deberán
buscar la asistencia legal de Abogados Matrimonialistas especializados que ayudarán a los clientes en las
complicadas negociaciones de cada caso, y, llegado el momento,
defenderán de la forma más adecuada
sus pretensiones, en el litigio correspondiente.
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