LOS PADRES CONTRA LOS ABUELOS EN UN CASO DE CUSTODIA
Los Medios de Comunicación españoles se han encargado de difundir una famosa Sentencia por la cual un Tribunal concedió en 2009, derechos de vista a los abuelos en contra del criterio de su hijo.
Al parecer las relaciones entre estos no eran todo lo fluidas que debieran haber sido e impedían una buena comunicación entre los mismos.
Cuando se produce un litigio de estas características, es normal que el Juzgado de Familia escuche en una Vista la opinión tanto de los progenitores como de los abuelos.
Los padres biológicos pueden manifestar al Juez las causas o motivos en que fundamentan su decisión de impedir la comunicación de estos con el menor.
La resolución final recaída estimó la pretensión de los abuelos en contra de lo argumentado por los esposos.
Como podemos ver, en cualquier caso en que es solicitado un derecho de visitas por éstos, entran
en pugna tanto los intereses de los progenitores, los cuales tienen un derecho fundamental de decidir sobre la custodia de sus hijos, como los de los mayores.
Es normal, pues, que el Juez tras escuchar los argumentos realizados por los abuelos, ordinariamente conceda a éstos el derecho de visitas solicitado, aunque
siempre escuche previamente a los padres.
Para denegar una pretensión de este tipo, siempre tendrá que entender que existen
motivos justificados, y graves, para impedir esta relación.
Es evidente que
el Tribunal considerara como prioritario el interés del menor, y salvo que existan causas o motivos por los que se entienda que va a ser perjudicial para el pequeño, los Tribunales siempre concederán el derecho
de los mayores.
Como ya hemos visto
las objeciones de los padres deben ser esenciales, pero la conclusión que debemos extraer, es que aunque los progenitores tengan un amplio poder de decisión sobre sus hijos, impedir la comunicación con los abuelos debe ser una decisión tomada de forma relajada y reflexiva.
La finalidad de las visitas es
construir una buena relación emocional, afectiva y de comunicación entre los mayores y sus nietos.
Los abuelos, por su experiencia vital, son un referente para el pequeño, por este motivo los expertos han venido considerando que la mejor manera de resolver estos conflictos sería
hacer razonar a los padres en lugar de involucrar a los Tribunales.
Estas conversaciones sería deseable que se produjeran de forma abierta, con intervención de un mediador, o a través de los Abogados.
En estos casos podría ser muy positiva
la fórmula de la mediación, o buscar cualquier otra fórmula alternativa de resolución de problemas, por ejemplo planteando una reunión de ambas partes y sus Letrados.
Cuando se produce una situación de este calado, es evidente que se ha producido una ruptura de la comunicación intergeneracional. Por tanto el restablecer la misma podría eliminar los malentendidos.
El diálogo entre las partes implicadas sería mucho más útil y eficaz, en la mayoría de los casos, que el recurrir a la vía judicial, intentando de esta forma de preservar la relación y generando sentimientos positivos entre las partes implicadas.
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