EL DERECHO DE VISITAS
DE LOS PADRES


De todos los temas que se tratan en una vista de un Divorcio, ninguno tiene un contenido tan importante, emocionalmente hablando, como lo que podríamos denominar las comunicaciones de padre e hijo, es decir, el Derecho de Visitas y su régimen.


En la Práctica Jurídica Española, las madres, suelen obtener el mayor tiempo de estancia con el niño, al venir siendo una costumbre inveterada de los Tribunales, que en las Resoluciones de Divorcio, se asigne un mayor tiempo con ellas, que con los padres.


Con semejante planteamiento, no es de extrañar, que muchos padres, se sientan atados a la hora de saber qué contenido es el que puede comprender este Derecho para ellos.


En primer lugar, debemos de decir que ya la propia denominación terminológica, derecho de visitas, es errónea, ya que ningún padre visita a sus hijos, en todo caso, los tendrá en su compañía, comunicará con ellos, hablará ….


En todo caso, debemos de decir que es un derecho, que para su correcto ejercicio, siempre debe flexibilizarse, a fin de que todas las partes salgan beneficiadas.

La Sentencia de Divorcio o el Convenio Regulador, señalará detalladamente cuál es el contenido de las visitas y sus previsiones desarrollarán los detalles más esenciales a considerar.


En su virtud, los padres tienen el derecho a comunicar con sus hijos durante las horas señaladas, según Sentencia o Convenio Regulador, tienen derecho a planificar y fijar actividades durante el tiempo que pasen con sus hijos, y lo qué es más importante, los padres, tienen el derecho de verse libres de demandas judiciales y requerimientos de los Tribunales de sus ex esposas, o de las amenazas de las mismas, por retener al menor durante el tiempo de visita.


También se debería incluir entre los derechos del padre, el obtener una notificación adecuada si la madre desea marcharse y llevarse al niño a otro lugar de residencia, igualmente el padre, podrá alertar a las autoridades, si el comportamiento del otro progenitor, es decir, de la madre, está interfiriendo en el libre ejercicio de su derecho.


Y, por último, el padre, podría pedir al Juez del Divorcio, que decidiese sobre las cuestiones no establecidas, relativas a las visitas, que necesitasen aclaración, bien por no estar previstas, bien porque han surgido de manera imprevista.


Pese a que es importante que los padres conozcan sus derechos, también deben de conocer sus deberes, y te los vamos a señalar a continuación, para que los tengas muy claros:

No tienes derecho a interrumpir la pensión de alimentos, aunque tus derechos de visita se violen, si es así ponlo en conocimiento de los Tribunales.

• Está muy mal visto por los Jueces que emplees el dinero como contrapartida de las visitas.

No ofendas nunca verbalmente, ni de obra, a la progenitora madre, causarás muy mal ejemplo en el niño y podrá ser utilizado en tu contra.


Por tanto, los padres, deben reforzar su sentido común, prudencia y madurez y tratar de defender su derecho de visitas, cumpliendo con sus deberes, para así tener una alta credibilidad en los tribunales cuando se viole el ejercicio de su derecho.


Ello será muy importante, cuando solicites cualquier modificación de este derecho de cara al Juez, y si entiendes que se están violentando sus derechos, ponlo en conocimiento del Juzgado de Familia que lleve tu caso, y nunca tomes la Justicia por tu mano.


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