LA PENSIÓN COMPENSATORIA: PANORÁMICA ACTUAL:
FACTORES PARA SU OTORGAMIENTO (PARTE I)


Hoy en día, muchos Matrimonios acaban en Divorcio, España, figura a la cabeza de los Países de la Unión Europea con mayores tasas de Divorcio.

Éste, puede ser el resultado de muchas cosas, desde que uno de los cónyuges se cansa del otro, tras pasar una cantidad sustancial de tiempo juntos, hasta el hecho, trascendente, de que se casaron jóvenes por no decir inexpertos, cuando ambos se amaban, pero este amor murió.


En España, actualmente, para divorciarse, no es necesario acreditar ningún tipo de causa o motivo e instada la solicitud por uno de los cónyuges, no existe motivo de oposición por parte del otro.

El Divorcio, en este momento, no es causal y puede ser muy simple, si la pareja no tiene hijos ni grandes bienes ni deudas que dividir. En estos casos, muchas parejas lo obtienen rápidamente y sin grandes preocupaciones ni problemas jurídicos.


Los escollos vienen cuando hay hijos o propiedades importantes, bienes, deudas, planes de jubilación conjuntos, o el haber tenido un Matrimonio de larga duración, pudiéndose entender por tal el que tiene una duración de más de 10 años.

Esta situación, hará que las opiniones de los cónyuges se consoliden, incrementándose lo que cree cada uno que le corresponde y aumentando exponencialmente sus posiciones.

Puestos ya en este punto, podemos decir, que no es tan sencillo como dividir todo a medias.

En muchas situaciones, un cónyuge puede considerar que tiene derecho a más bienes o a menos deudas, particularmente, cuando hay niños de por medio.


Los criterios que tienen en cuenta los Tribunales Españoles para fijar la Pensión Compensatoria son los siguientes:

Nivel estándar de vida que existía durante el Matrimonio.

Duración del Matrimonio.

Edad y condición física y emocional de cada una de las partes.

Recursos financieros de cada parte.

Bienes matrimoniales y no matrimoniales.

Distribución de las deudas.

Nivel Educativo, estudios, y cuando proceda, el tiempo necesario para que una de las partes adquiera un nivel de educación o de formación óptimo para obtener un empleo adecuado.

Contribución de cada una de las partes al Matrimonio, incluyendo, pero no limitándose a los servicios prestados en las tareas del hogar, el cuidado de los niños, la educación, o el apoyo en la formación de la otra parte.

Las fuentes de ingresos disponibles para cada una de las partes.


Cualquiera de estos puntos puede ser considerado por el Tribunal de forma discrecional y será éste el que determine lo que habrá de significar.

¿Qué puede entenderse por un Matrimonio de larga duración? ¿Cómo se define el estándar medio de una familia?

Alguno de estos criterios, no pueden ser descritos de una forma simple, y, de hecho, ni siquiera los Tribunales son uniformes en sus Resoluciones jurisprudenciales, por eso la Pensión Compensatoria, es uno de los temas estelares, y, al mismo tiempo más espinoso, controvertido y delicado, puesto que no hay ni unanimidad de criterio siendo las posiciones oscilantes, y muchas veces, pudiéndose decir que contradictorias entre Tribunales incluso muy cercanos.


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