TEST DE PATERNIDAD POR ADN,
¿SE NECESITA EL CONSENTIMIENTO DE LA MADRE?
Las pruebas de paternidad por ADN son un instrumento por el que se acredita o descarta la relación biológica entre un niño y su supuesto progenitor. No obstante, en la
actualidad son utilizados
con carácter previo en multitud de asuntos no solamente para acreditar la relación paterno filial, sino también con otras finalidades en el campo del Derecho Civil, en asuntos de
gran transcendencia como la
impugnación de testamentos, todo tipo de batallas legales sobre reivindicación de la propiedad o en el campo hereditario.
Ante la relevancia de los intereses en juego, para disipar la duda y alcanzar la tranquilidad se hace indispensable recurrir a la investigación de la paternidad. No obstante, en muchas ocasiones, tanto los padres como
los supuestos hijos acaban abandonando dicha posibilidad. Así que cabe preguntarse el por qué de dicha renuncia.
La respuesta es porque hay
muchos aspectos del procedimiento y demasiadas incógnitas en relación con la mejor forma de aproximarse a estos test que aún hoy en día siguen incontestadas.
Actualmente, la duda más frecuente sigue siendo si se necesita el consentimiento de la madre. Llegados a este punto, cuando un hijo se pregunta a sí mismo quién es su padre, no podrá dejar de sentirse consternado al
cuestionarse cómo podrá sentirse su madre al ser interrogada sobre este punto. En muchos casos
la cuestión no será sencilla de plantear.
En otros casos podría darse la situación real de que la madre no tuviese ninguna intención de dar su consentimiento. Por esta razón,
muchos hijos que desean realizar estas pruebas,
dejan correr el paso del tiempo y el problema persiste, quedando de esta forma la duda permanente acerca de la verdadera identidad de su progenitor durante el resto de su vida.
La incógnita sobre su auténtico origen no dejará de atormentarle, pero no se atreverá a hacer un planteamiento serio con todas sus consecuencias.
Para contestar a la pregunta que da título a este artículo sobre si es precisa la consulta a la madre, hay que señalar que ello dependerá del lugar en que te encuentres. En ciertos países, se requiere de su consentimiento, excepto que: 1) el niño que deseara la realización de las pruebas hubiera superado los dieciséis años de edad, 2) la madre ya hubiese fallecido, en cuyo caso se podrá iniciar el proceso.
En España, el propio hijo
superados los 18 años podría autorizarlo sin necesidad de que la madre dé su asentimiento.
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