EL TEST DE PATERNIDAD
CUANDO EL PADRE HA FALLECIDO
Las pruebas de paternidad son
la vía más fiable para confirmar o negar una relación biológica entre padre e hijo, y es la más ampliamente empleada para examinar la relación entre un supuesto progenitor y el niño.
El examen de dicha relación
es relativamente sencillo, ya que implica la extracción de una muestra de saliva de la boca del bebé, remitiendo las pruebas a un laboratorio para que se efectúe el análisis.
A pesar de la simplicidad de lo anteriormente señalado, hay situaciones en que lo anteriormente expuesto no puede realizarse, ya que
el padre no está disponible para efectuar las pruebas de paternidad por haber fallecido.
Muchos podrían pensar que en estas circunstancias el problema legal no tiene salida y, como consecuencia, no podría probarse la realidad o exclusión del vínculo paterno-filial de ningún modo. Sin embargo, hay otras opciones disponibles para confirmar la identidad del progenitor.
Una de ellas consiste en
recurrir a las pruebas de relación de ADN, modalidad muy similar al propio test de paternidad, si bien, se deberán emplear
muestras de familiares cercanos para probar la existencia del vínculo. Podría tratarse de tíos, sobrinos o abuelos.
En caso de muerte podrían darse tres escenarios diferentes.
1. Si la persona hubiera fallecido y aún fuera posible obtener material biológico de su cuerpo. Normalmente ello puede realizarse hasta, como máximo, una semana de la fecha de fallecimiento. Generalmente se pide al solicitante que
trate de obtener una muestra de pelo con raíz, o de alguna uña del fallecido. Un buen laboratorio podría extraer de estas fuentes muestras de ADN, empleándolas para efectuar la comparación.
2. En el supuesto de que el cadáver ya hubiera sido enterrado, se podrían obtener muestras de forma indirecta. Por ejemplo, mediante
un cepillo de dientes, un cigarro fumado recientemente,
dentaduras postizas o un peine. Todos estos objetos tendrán grandes posibilidades de contener material genético, y con ello serían adecuados de cara al test de paternidad. En estos casos se requerirá una autorización judicial.
No obstante, aquí las
posibilidades de poder rescatar muestras de ADN de estas fuentes
dependerán de diversos factores. Esencialmente de la
condición de la muestra y de cuánto ADN contenga. Por ejemplo, un cigarro fumado en su totalidad contra un cigarro prácticamente no tocado.
3. En aquellos supuestos en que el cuerpo hubiera permanecido enterrado durante varios años, quedando únicamente del supuesto padre restos óseos. En este caso sería recomendable obtener
muestras de fragmentos óseos procedentes del
fémur o del
húmero, aproximadamente de dos gramos, además de dos dientes de ese individuo. Se necesitaría igualmente autorización judicial.
Las anteriores no son más que algunas opciones disponibles.
Cada caso tendrá sus propias peculiaridades específicas, y en siempre se deberá consultar a un experto o a la propia compañía o laboratorio que pudiese, en su caso, realizar las pruebas. Además, como es evidente, habría que solicitar las oportunas
Autorizaciones Judiciales.
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